28 jun 2009

III.- ASPECTO JURIDICO.-
El binomio conservación de recursos naturales – desarrollo y bienestar general de la población local, ha constituido un reto a ser plasmado en la realidad tanto por parte del estado, como de organizaciones no gubernamentales, no sólo por los aspectos socioeconómicos y culturales propios de las comunidades amazónicas, sino por la falta de instrumentos jurídicos adecuados para estos fines.
La creación de la Reserva Nacional Pacaya-Samiria, el 4 de febrero de 1982, mediante Decreto Supremo Nº 016-82-AG, en el departamento de Loreto, provincias de Loreto, Requena, Ucayali y Alto Amazonas, implicó un proceso accidentado pero ejemplificador como marco para el logro de un prototipo de manejo y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el ámbito de la institucionalidad de las Áreas Naturales Protegidas y de la promoción de una cultura de legalidad y respeto a la pluralidad.
El otorgamiento en junio de 2004 de una Resolución Directoral de aprobación del Plan de Manejo Arapaima gigas en la cocha El Dorado, fue el fruto de diez años de arduo trabajo que implicaron Talleres de Evaluación Rural Participativa en varias comunidades del ámbito de la Reserva, brindar información sobre la pesca comercial y coadyuvar en el control y en la protección de estos recursos.
Partiendo de lo consagrado en la Constitución Política del Perú en el Título III , “Del Régimen Económico”, Capítulo II “Del ambiente y los Recursos Naturales”, se desarrollaron en normas de menor jerarquía el deber del Estado de promover el uso sostenibles de los recursos naturales así como la conservación de las áreas Naturales Protegidas. (links de normas).
· Ley General de Pesca - Ley N° 25977 del 21 de diciembre de 1992 www.dar.org.pe/legis/normas_extractivas/11_DL25977.doc
· Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Peruana, R.M. N°. 147-2001-PE. www.regionucayali.gob.pe/produce/media/rop.pdf
· Decreto Supremo N° 012-2001-PE que deroga el Decreto Ley N° 01-94-PE –Reglamento de la Ley General de Pesca - Ley N° 25977; www.bvindecopi.gob.pe/regtec/ds12-2001-pe.pdf
· Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, del 26 de junio de 1997 -Ley 26821-www.snmpe.org.pe/pdfs/LegistacionHidrocarburos/Medio%20ambiente%20y%20comunidades/Ley-26821.pdf
· Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, publicada el 16 de julio de 1997 (Ley 26839); www.indecopi.gob.pe/portalctpi/archivos/docs/legislacion/10-2005-1/26839.pdf -
· Ley de Áreas Naturales Protegidas (ANP) (Ley N° 26834); del 30 de junio de 1997; biblioteca.unmsm.edu.pe/redlieds/Recursos/archivos/Legislacion/Peru/ley26834.pdf
· Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado (D. S. N° 010-99-AG) www.dar.org.pe/legis/normas_anp/2_DS010-99-AG.doc
· Ley General del Ambiente –Ley Nº 28611- del 13 de octubre de 2005 www.minem.gob.pe/archivos/dgaam/publicaciones/compendio99/l28611.pdf

2 comentarios:

  1. Interesante acercamiento al complejo proceso de recoger en normatividad el reto de hacer posible el aprovechamiento sostenible de recursos naturales con la participación de la propia comunidad y las autoridades púbicas. Ojalá se multipliquen casos como éste.

    Anónimo

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  2. Una buena iniciativa y oportunidad para darnos a conocer todo lo concerniente al acervo normativo respecto protección a este recurso amazónico como es el paiche; y de la misma manera, nos muestra la problematica sobre su aprovechamiento sostenible y de lo cual, tanto gobierno central, regional, local y la comunidad en general no debemos dejar desaprovechar la oportunidad para buscar los medios legales para evitar su pesca y comercialización indiscrimnada

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